La Asociación de Distribuidores de Alimentación y Hostelería de Salamanca, integrada en CEOE CEPYME Salamanca, valora positivamente la entrada en vigor de la nueva exención del Certificado de Aptitud Profesional (CAP) para determinados conductores que realizan labores de distribución. La medida permitirá ampliar el número de personas que pueden acceder a estos puestos y facilitará a las empresas la contratación de profesionales para el reparto, una de las necesidades que viene afrontando el sector.
La modificación está recogida en el Real Decreto 487/2026, de 17 de junio, que modifica el Real Decreto 284/2021 y entra en vigor hoy 18 de septiembre. La nueva regulación establece una exención del CAP para los conductores que realicen transporte privado complementario dentro de una actividad de distribución de mercancías, siempre que se cumplan las condiciones previstas en la normativa.
La presidenta de ADAHS, Gabriela Acera, considera que la modificación responde a una situación que venía generando dificultades para las empresas del sector. “Exigir el CAP dificulta el acceso al empleo en el sector”. A su juicio, la nueva exención “tiene un impacto directo y muy positivo en el sector”, ya que facilita la contratación de trabajadores, reduce costes y cargas administrativas para las empresas, mejora la competitividad del sector de distribución a HORECA, contribuye a paliar la escasez de conductores y favorece la sostenibilidad.
En este sentido, insiste en que “Llevamos muchos años diciendo que tenemos una gran falta de personal para reparto. Esta medida es muy buena porque permitirá que más personas puedan acceder a un puesto de trabajo que a nuestras empresas les cuesta mucho cubrir. De repente, donde antes podías tener cuatro candidatos, puedes tener diez. Se nos abre un abanico muy importante”.
La Asociación salmantina ha participado en esta reivindicación a través de FEDIS HORECA, la Federación Española de Empresas de Distribución a Hostelería y Restauración, desde donde se han trasladado a la Administración las necesidades planteadas por las empresas del sector.
La nueva exención se aplica a los conductores que realicen transporte privado complementario en el marco de una actividad de distribución de mercancías, siempre que la conducción tenga carácter accesorio y represente menos del 30 % de su trabajo mensual. Además, los recorridos deberán mantenerse dentro de un radio de 100 kilómetros alrededor del centro de explotación. El cumplimiento de estos requisitos es necesario para poder acogerse a la exención.
La medida no supone una exención general del CAP para los conductores profesionales. Por ello, las empresas deberán comprobar que los trabajadores que se acojan a ella cumplen las condiciones establecidas y conservar la documentación necesaria para acreditarlo, especialmente en relación con el carácter privado complementario del transporte, el tiempo dedicado a la conducción y los recorridos realizados.
Hasta que el Ministerio publique el documento que detalle cómo debe aplicarse la nueva normativa, ADAHS facilita a sus asociados un modelo de certificado que recomienda cumplimentar para que los conductores lo lleven en el vehículo. El documento podrá presentarse ante la autoridad competente en caso de que el vehículo sea parado durante el transporte y se requiera al conductor la acreditación del CAP, indicando que se encuentra exento de esta obligación.
