El SERLA pondrá en marcha en Salamanca el próximo año el servicio de resolución de conflictos individuales laborales

El Servicio de Relaciones Laborales de Castilla y León (SERLA) pondrá en funcionamiento en Salamanca el próximo año un nuevo servicio que permitirá la resolución extrajudicial de conflictos individuales de naturaleza laboral que no conlleven exclusivamente una reclamación económica.

Esta nuevas funciones del SERLA son fruto del acuerdo firmado entre la Junta, CECALE, CC.OO. y UGT el pasado 30 de septiembre dentro del ámbito del Diálogo Sociales, que impulsaba este servicio como herramienta para la mejora del sistema de relaciones laborales en la Comunidad.

Para el desarrollo de estas nuevas funciones, se trabaja en la creación de una lista de mediadores designados por CONFAES, como entidad más representativa e integrada en la patronal regional CECALE, y por UGT  y CCOO, serán quienes participen en la resolución de estos conflictos.

Este nuevo servicio supone un cambio radical en cuanto a la tramitación de la resolución de conflictos entre empresas y trabajadores, que permitirá descargar a los Juzgados de lo Social de muchos procedimientos, lo que se traducirá en un importante ahorro.

El SERLA en Salamanca ha sido una herramienta fundamental por su contribución a la resolución de la mayoría de los conflictos colectivos, que hasta momento no han sido muy elevados. A partir de ahora estas cifras se verán incrementadas  notablemente en la provincia al incorporarse los conflictos individuales.

EL SERLA

El SERLA se constituyó hace veinte años en virtud de la firma de un acuerdo tripartito de la Junta de Castilla y León con CECALE, CC.OO. y UGT. Se trata de una fundación de naturaleza pública cuyo patronato está compuesto por la Junta de Castilla y León, las entidades sindicales UGT y CC.OO. y las empresariales a través de CECALE.

Este servicio es el resultado de la cultura del consenso, el diálogo y la concertación social que se impulsa en la Comunidad. A partir de la firma del acuerdo su función es la resolución de los procedimientos de conciliación, previa a la vía judicial, de los conflictos laborales, colectivos plurales e individuales, salvo en el caso de estos últimos, de los de carácter exclusivamente económico.