La patronal salmantina CONFAES solicita una mayor equiparación entre el trabajador por cuenta propia y ajena

Tras los primeros días de aplicación de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, la Confederación CONFAES, organización que representa en la provincia salmantina a CECALE, CEPYME y CEOE, considera que su llegada ha supuesto un paso adelante para el colectivo, aunque solicita que exista una equiparación mayor entre los trabajadores autónomos y aquellos que cotizan en el régimen general de la Seguridad Social, así como el reconocimiento de la figura del trabajador autónomo a tiempo parcial.

Su desarrollo, que pretende mejorar la cobertura económica y social de los más de 27.000 trabajadores autónomos de la provincia, eliminando trabas burocráticas, se ha quedado descafeinado según la patronal salmantina.

“Las buenas noticias para el colectivo autónomo se han quedado a medias, especialmente en cuanto a las deducciones que pueden realizar los profesionales que trabajan desde casa. En el mejor de los casos se llegará a un 30% al depender de la proporción de los metros cuadrados destinados respecto del total de la residencia”, afirma Bernabé Cascón, secretario de la Asociación de Autónomos de Salamanca, integrada en CONFAES.

Además, contempla una serie de beneficios fiscales como la ampliación a un año de la tarifa plana de 50€ para altas de nueva creación, el pago por días trabajados, la modificación hasta cuatro veces de la base de cotización en un mismo año, mantener la cuota reducida hasta dos años tras finalizar la actividad, una deducción los gastos de suministros si se trabaja desde casa o la bajada de los recargos si existe un retraso en el pago a la Seguridad Social.

“Aunque no sea lo que en un principio se esperaba, confiamos en que se impulse el emprendimiento y se mantenga la actividad de los autónomos que ya están trabajando, porque son una base muy importante del empleo provincial”.

Ahondando en sus ventajas, también ofrece una serie de beneficios laborales respecto a la Seguridad Social como la reducción o la exención total de las cuotas sociales en casos de maternidad o cuidado de personas dependientes, la oferta de formación , la compatibilización en casos que los autónomos en edad de jubilación deseen continuar con su actividad, la devolución del exceso de cotización cuando exista pluriactividad o un mayor reconocimiento de los accidentes laborales, en este caso, contando con los accidentes in-itínere.

Nos preocupa especialmente el caso de los autónomos societarios. Aquellos profesionales que trabajan por cuenta propia y que hayan decidido constituir una sociedad mercantil, no pueden compatibilizar la pensión con la actividad profesional como se indicaba en un principio. Tampoco podrán acogerse a la tarifa plana de la Seguridad Social. No entendemos el porqué de esta decisión”, lamenta Bernabé Cascón.